CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS


  • SEGÚN SU ACTIVIDAD.


    • PRIMARIAS (agricultura, ganadería, pesca,...etc): se dedican a la obtención de recursos directamente de la naturaleza. Son las empresas agropecuarias, sector pesquero e industrias o empresas extractivas (minerales).

    • SECUNDARIAS: consiste en la transformación de materias primas para elaborar un producto más útil para el consumo. Son por ejemplo refinerías (forman el petróleo), fábricas de coches, metalurgia, fábricas de conserva...etc.

    • TERCIARIAS: se dedican a la distribución y venta de un producto ya terminado, así como el conjunto de servicios. Son ejemplos, la gasolinera, seguros, hoteles, ocio, restaurantes,...etc.

    • SEGÚN SU NATURALEZA JURÍDICA.


      • INDIVIDUALES : pertenecen a una sóla persona física y responden a las deudas con todo su patrimonio.

      • SOCIALES (o sociedades): la propiedad corresponde a una persona jurídica o conjunto de personas que adquieren la condición de socio.



      • Sociedad colectiva: se caracteriza porque los socios asumen una responsabilidad solidaria e ilimitada.



      • Sociedades comanditarias: además de tener socios colectivos, cuentan con un conjunto de socios que aportan un capital y su responsabilidad se limita al capital aportado.

      • Sociedad limitada: la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. El volumen total de dicho capital se divide en partes alícuotas. No se pueden negociar sin el consentimiento del resto de los socios.

      • Sociedad anónima: el capital está formado por partes alícuotas denominadas acciones que son valores negociables, y que el socio es el propietario de la acción en cada momento.

      • Sociedades laborales: son aquellas en las que los trabajadores son los dueños de la propia empresa. Su responsabilidad se limita al capital aportado y ninguno puede tener más del 25% (para evitar que ningún trabajador sea jefe).

      • Cooperativa: supone la agrupación de pequeños empresarios con el objetivo de hacerse más fuerte en el mercado. Comparten por igual riesgos y beneficios.



LA EMPRESA COMO MARCO DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.

La empresa tenemos que entenderla como una asociación de voluntades con ánimo de lucro, es decir, ganar un beneficio económico en un mercado.

El mercado es el lugar de intercambio de bienes y servicios que no tiene por qué ser un lugar físico (la bolsa de Madrid), en los cuales se establece un precio como resultado del acuerdo entre la oferta y la demanda.

La empresa además tiene la función de crear o aumentar la utilidad de los bienes con el objeto de obtener el máximo beneficio, aprovechando que su actividad económica se basa en producir bienes y servicios que satisfagan nuestras necesidades.

Las empresas utilizan una combinación de factores productivos para producir dichos bienes o servicios (Fact. Product.: mano de obra, materia y maquinaria). Estos son:


  • Factor productivo tierra: son los recursos que proporciona la naturaleza (materias primas).

  • Factor productivo trabajo: supone el esfuerzo humano aplicado a la producción ya sea física o mental.

  • Factor productivo capital: es la parte de riqueza que se dedica a la transformación (maquinaria, herramientas, mobiliario, ...etc).


La empresa se mueve dentro de un entorno que está compuesta por un conjunto de elementos que son: los clientes (o consumidores), competencia (como coca-cola y pepsi), el nivel económicolos proveedores (los que nos traen las mercancías a las empresas), las administraciones públicas.


    • Los clientes como destinatarios del producto o servicio que estamos fabricando para cubrir sus necesidades o creándoselas.





    • La competencia, formado por el conjunto de empresas que luchan por una cuota de mercado que te puede quitar clientela o generártela.

    • El nivel económico, la capacidad de consumo de la población también determina las posibilidades reales de la empresa.

    • Los proveedores, son el conjunto de empresas que te facilitan la mercancía y las materias primas para producir; sobre los que puedes someter cierta presión cuando existe competencia en el producto que te suministran, o cuando la empresa proveedora tiene un gran poder, ocurre lo contrario.

    • Las administraciones públicas, son las que establecen un marco normativo para poder desarrollar tu actividad (desde los impuestos hasta la normativa e interior de calidad).



La empresa se caracteriza por ser un conjunto de funciones que tienen la obligación de estar coordinadas y que trabajan con un único objetivo, producir un bien o un servicio ganando el máximo dinero. Las funciones más importantes son:

  • Función técnica: consiste en el mantenimiento del proceso productivo con equipos e instalaciones adecuadas, que reduzcan los costes.

  • Función financiera: consiste en la obtención de recursos económicos para el funcionamiento o la inversión.

  • Función contable: supone el registro de todas las operaciones con carácter económico.

  • Función comercial: consiste en la promoción del producto o servicios a nuevos mercados.



  • Función social: engloba las actividades propias del departamento de RR.HH.. Estas actividades son:




    • Formación y reciclaje de los trabajadores;

    • Despidos y conflictos;

    • Gestión de bajas médicas;

    • Gestión económica y pago de salarios.


TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

CASOS ESPECIALES DE CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Contrato de Relevo: Para sustituir a un trabajador que se jubila parcialmente

Su duración es indefinida o bien la que le falte al sustituido para alcanzar la edad ordinaria de jubilación

Jornada completa o a tiempo parcial pero por lo menos igual a la reducción de la jornada de trabajador sustituido

Contrato Fijo Discontinuo

Es escrito

Realizar trabajos discontinuos que no se repiten en ciertas fechas dentro del volumen normal de la empresa

Tiempo Parcial o Jornada Completa

CONTRATOS FORMATIVOS

Contrato en Prácticas: Titulados salvo Bachillerato y ESO, para obtener práctica profesional

Debe estar celebrado en los cuatro años posteriores a obtener el titulo

Dura desde 6 meses hasta 2 años y se prorroga en plazos de 6 meses

El periodo de prueba para titulados superiores es de 1 mes y de grado superior maximo

2 meses

El salario es de 60% 1º año , 75% 2º

Es escrito, Jornada completa o parcial al terminar se entrega certificado de prácticas sin hacer valoraciones

Contrato para la formación: Mayores de 16 y menores de 21 sin titulación, tb si tienen eso y bachillerato, no se aplica limite de edad si son desempleados minusvalidos, desempleados de más de 3 años sin actividad laboral

Duracion como las prácticas

Salario establecido en CC o en defecto SMI

El 15% de la jornada será para formación teórica, carece de desempleo y se entrega certificado de empresa

CONTRATOS CON TRABAJADORES MINUSVALIDOS

Contrato temporal de fomento de empleo: para fomentar a los trabajadores minusválidos, la contratación se efectúa a través de la oficina de empleo

Se hace por escrito y en modelo oficial con duración máxima de 3 años. Como bonificación proporciona una reducción del 75 % de la cuota del empresarias C.C Reducción del 100% si es el primer trabajador contratado desde 01/01/1999

Contrato Indefinido: Otorga una bonificación de la cuota empresarial de la ss del 70% para los trabajadores de 45 años a jornada completa. Reducción del 90 % para los mayores de 45 a jornada completa

CONTRATO INDEFINIDO

Ordinario: es de duración indefinida, verbal o escrito, jornada completa o parcial. Se comunica al INEM en el plazo de 10 de celebración

Fomento de la contratación indefinida: trabajadores desempleados inscritos en el INEM que sean; mujeres para realizar trabajos con menor índice femenino de empleo, o mayores de 45 años o parados inscritos 6 meses ininterrumpidos en INEM, o minusválidos. O si se transforma un contrato temporal en indefinido.

Es escrito

La indemnización en caso de despido improcedente es de 33 dias al año maximo 24 meses.

No se puede celebrar este contrato cuando en los seis meses anteriores se hayan efectuado despidos por causas objetivas declarados improcedentes o un despido colectivo

Hay bonificaciones en cuota empresarial ss y otras ayudas

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Se contrata para realizar trabajos durante un número de horas determinadas al día, semana, mes… inferior a la jornada de trabajo a tiempo completo.

Puede ser indefinido o de duración determinada caben todo tipo de contratos menos para la formación.

En estos contratos no se pueden realizar horas extras excepto en causas urgentes. Tb cuando se pactan en los contratos de duración indefinida pero no pueden exceder del 15% de horas extraordinarias el cc puede variarlas en un 60 %. Se pagan como horas ordinarias

CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA

Contrato de Obra o Servicio Determinada, la duración es incierta, el contrato es escrito y debe explicar con claridad y precisión la obra o servicio que constituye el objeto al terminar el cto indemnización de 8 días al año

Contrato Eventual por circunstancias de la producción: dura 6 meses en periodos 12 meses puede ampliar a 18 meses pero nunca superando las ¾ partes sin superar los 12 meses. Debe ser escrito si es superior a 4 semanas o de jornada parcial la indemnización es d 8 dias año

Contrato de Interinidad:

Escrito y señalando la persona que se sustituye y la causa de la sustitución. Indicando si el puesto de trabajo a desempeñar será el sustituido o el otro trabajador de la empresa que pase a desempeñar el de aquel.

Como la que debe cubrir

Bonificacion si se sustituye a una embarazada por riesgo o descanso maternidad 100%

 

EQUIVALENCIA FINANCIERA


  • CAPITALES EQUIVALENTES


Cuando el efectivo actual de un capital es igual al valor actual de otro u otros capitales, diremos que son equivalentes financieramente.

En la practica mercantil, para hacer los cálculos de equivalencia se utiliza el descuento comercia, por lo que se produce una alteración de la ley financiera de actualización simple.

Si una serie de capitales de nominal C1, C2, C3 …, Ch con sus respectivos vencimientos en n1, n2, n3 …,nh, se desean sustituir por uno equivalente de nominal Cn, con vencimiento en n, bastará con que la suma del valor actual de los primeros sea igual al valor de este último, es decir:

Con = Co1 + C02 + C03 + … + C0h

donde el subíndice en primer lugar indica el momento de cálculo de la equivalencia financiera (en este caso, el momento actual, 0), y el segundo, el momento en que cada capital respectivo tiene su vencimiento (1, 2, 3, …, h)

Si se recuerda la fórmula que relaciona el valor actual de un capital en función del nominal en el descuento comercial:

C0 = Cn (1 - n . i)

y se sustituye en la expresión anterior, ya que los valores que se conocen son los nominales:

Cn (1 - n . i) = C1 (1 - n1 . i) + C2 - C2 . n2 . i + … + Ch (1 - nh . i)

Desarrollando:

Cn (1 - n . i) = C1 - C1 . n1 . i + C2 - C2 . n2 . i + … + Ch - Ch . nh . i

Ordenando:

Cn (1- n . i) = C1 + C2 + … + Ch - (C1 . n1 . i) + C2 . n2 . i + … + Ch . nh . i)

Y agrupando:

Cn (1 - n . i) =

Despejando Cn se obtiene:

 

Expresión que permite calcular el valor del capital con vencimiento en n que puede sustituir el conjunto de capitales por uno único.

Si el tiempo se midiera en periodos distintos e inferiores al anual, entonces se podrían simplificar los cálculos mediante el uso del divisor fijo , por lo que, partiendo de la expresión:

 

Y como sabemos que , resulta que .

Sustituyendo en la anterior expresión

 

Multiplicando numerador y denominador de esta expresión por D:

 

  • VENCIMIENTO COMÚN


El vencimiento común es el momento o fecha en que se realiza la sustitución del conjunto de capitales por uno único.

Se puede obtener n utilizando el divisor fijo a partir de:

(D - n) Cn = D . ∑Cj - ∑Cj . nj

Cn . D - Cn . n = D ∑Cj - ∑Cj . nj

Cn . D - ∑Cj - ∑Cj . nj . n = Cn . n

D(Cn - ∑Cj) + ∑Cj . nj = Cn . n

Y despejando n:

 

  • VENCIMIENTO MEDIO


Se produce el vencimiento medio cuando la suma del nominal de los capitales a sustituir es igual al nominal del capital que los sustituye. Por tanto, es un caso particular del vencimiento común.

Si:

Cn = C1 + C2 + C3 + … + Ch = ∑Cj

Entonces:

 

 

El valor de n, fecha de sustitución del capital, es independiente del tipo de interés a que se realice la operación.

  • CASO PARTICULAR DE VENCIMIENTO MEDIO


Cuando todos los capitales que van a ser sustituidos tienen un nominal igual entre sí, entonces:

C1 = C2 = C3 = … = Ch

Y por tanto:

∑Cj = Cj . n = Cn

Sustituyendo en la formula del vencimiento medio:

 

 

En donde h representa el número de capitales que van a ser sustituidos.

  • CAPITALES EQUIVALENTES EN DESCUENTO RACIONAL


Partiendo de:

 

y aplicando el concepto de capitales equivalente:

C0n = C01 + C02 + C03 + … + C0h

Resulta:

 

Si se despeja para obtener el valor de Cn:

EL DESCUENTO SIMPLE

1. EL DESCUENTO

Es frecuente que los acreedores de una operación comercial en la que se utiliza el crédito acudan a intermediarios financieros con la intención de percibir los cobros pendientes antes del vencimiento de los mismos. Esta operación recibe el nombre de descuento y por ella los intermediarios financieros suelen cobrar una cantidad que se calcula aplicando la ley de capitalización simple, ya que son operaciones inferiores al año. Además se suelen añadir otra serie de cobros, tales como comisiones, gastos de correo, etc. Por tanto, la cantidad que percibe el acreedor que ha acudido al descuento no es la que recibiría si esperara hasta el vencimiento, sino dicha cantidad menos el descuento y los demás gastos

Matemáticamente, se entiende por descuento simple la operación financiera que consiste en la sustitución de un capital futuro por otro con vencimiento presente, siendo además una operación inversa a la capitalización simple.

Si llamamos:

Co: Efectivo o cantidad adelantada

Cn: Nominal o importe total del cobro que se adelanta.

D: Descuento o diferencia entre el nominal y el efectivo.

 

En la práctica, el denominado descuento comercial (Dc) es el criterio usado normalmente para el cálculo.

Al tanto o tipo que se utilice en estas operaciones lo denominaremos tanto de descuento.

2. EL DESCUENTO COMERCIAL

El descuento comercial es aquel cuyo cálculo se realiza a partir del nominal (Cn) de la operación y aplicando la fórmula para el calculo de intereses.

 


  • CÁLCULOS POSIBLES


A partir de la formula anterior y despejando cada uno de sus componentes, se obtendrían las siguientes expresiones:

 

Cálculo del efectivo en función del nominal

A partir de Dc = Cn - Co y despejando Co resulta:

Co = Cn - Dc

Poniendo el valor del descuento en función del nominal:

Co = Cn - Cn . n . i

y sacando factor común:

 

Cálculo del nominal en función del efectivo

Despejando Cn de la expresión: Co = Cn (1 - n . i)

Se obtiene:

 

Calculo del descuento en función del efectivo.

A partir de:

Dc = Cn - Co

y sustituyendo Cn por su valor en fusión del efectivo:

Dc = __Co__ - Co

1 - n . i

Operando:

Dc = __Co - Co (1 - n . i)_ = __Co - Co + Co . n . i_

1 - n . i 1 - n . i

y resolviendo:

 

  • OPERACIONES DE DESCUENTO COMERCIAL


El descuento bancario

El descuento bancario es un contrato de préstamo o crédito por el que una entidad financiera entrega el importe de una letra no vencida, previa deducción de los descuentos (intereses) y comisiones correspondientes, recibiendo la letra (endoso) para su cobro en el momento del vencimiento.

Valor líquido = ∑Cn - ∑Dc - ∑Comisiones - ∑Gastos

Comisiones y otros gastos

Las comisiones cobradas por los bancos no son fijas, dependen de las diferentes entidades y de cada cliente en particular; no obstante, las más habituales son el 4‰ en caso de letras aceptadas, y el 7‰ en las aceptadas. Ambas cantidades se aplican siempre sobre el nominal del efecto. En el caso de que los porcentajes no alcancen un mínimo por letra, es usual aplicar una cantidad mínima.

3. EL DESCUENTO RACIONAL O MATEMÁTICO

El descuento racional (Dr) es aquel cuyo cálculo se utiliza el valor efectivo (Co), por lo que:

 

 

  • CALCULOS POSIBLES


 

Calculo del descuento en función del nominal (Cn)

En la realidad comercial, las operaciones financieras se ajustan conociendo un nominal con una fecha determinada de vencimiento, por lo que el valor efectivo se desconoce. Por tanto, si:

Co = Cn - Dr y Dr = Co . n . i

Entonces:

Dr = (Cn - Dr) . n . i

Desarrollando:

Dr = Cn . n . i - Dr . n . i

Dr + Dr . n . i = Cn . n . i

y agrupando:

Dr (1+ n . i) = Cn . n . i

Despejamos:

 

Calculo del valor nominal en función del descuento

Despejando Cn de la expresión anterior se obtiene:

 

Calculo del efectivo en función del nominal

Sustituyendo Dr, por su valor en función del nominal en la expresión:

 

Resulta:

Y operando:

 

 

4. RELACIÓN ENTRE EL DESCUENTO COMERCIAL Y EL RACIONAL. COMPARACIÓN

Dado que

Dr = Co . n .i y Dc = Cn . n . i,

es evidente que Dc > Dr, pues ambas expresiones tienen los mismos multiplicandos excepto Cn y Co, y como

Cn > Co

el resultado de Dc, para unos mismos valores, será mayor que el de Dr.

Los descuentos comercial y racional se pueden relacionar entre sí mediante tres métodos diferentes: diferencia, producto y cociente.

Por diferencia

 

 

 

La diferencia entre el Dc y el Dr es el descuento comercial del descuento racional, así mismo la diferencia entre Dc y Dr es el descuento racional del descuento comercial.

Por producto

 

Dc - Dr = Dr . n . i Dc . Dr = Cn . n . i . Dr Dc . Dr = Cn (Dc - Dr)

Dc = Cn . n . i

Por cociente

 

Despejando resulta:

 

O también:

 

 

Cálculo de n y i a partir de la fórmula:

 

Dr (1+n . i) = Cn . n . i Dr (1+n . i) = Cn . n . i

Dr + Dr . n . i = Cn . n . i Dr + Dr . n . i = Cn . n . i

Dr = Cn . n .i - Dr . n . i Dr = Cn . n .i - Dr . n . i

Dr = n (Cn . i - Dr . i) Dr = i (Cn . n - Dr . n)

 

 

  • EQUIVALENCIA ENTRE EL TANTO DE DESCUENTO RACIONAL Y EL TANTO COMERCIAL


Dado un mismo nominal Cn, efectivo, Co y tiempo, el tanto de descuento racional anual iR, equivalente a otro anual ic de descuento comercial, es aquel que posibilita la coincidencia de los descuentos, así: Dc = Dr.

Dc = Dr Cn . n . ic =

ic (1+iR . n) = iR ic + ic . iR . n = iR ic = iR - ic . iR . n iR (1- ic . n)

EL INTERÉS SIMPLE

1. CAPITALIZACIÓN SIMPLE

Recibe el nombre de capitalización simple la ley financiera según la cuela los intereses de cada periodo de capitalización no se agregan al capital inicial para hallar los intereses del periodo siguiente, sino que se calculan siempre sobre el capital inicial (Co).

Si denominamos:

Co: Capital inicial

n: El tiempo que dura la O.F. en años

i: Tipo de interés anual en tanto por 1, que representa la cantidad de dinero que se obtiene en euros invertido en un año.

I: Interés de un año (Co.i)

It: Interés total, siendo su valor la suma de los intereses de cada periodo.

 

Cn: Capital final o montante, que es la suma del capital inicial y los intereses totales.

 

Para calcular el capital final Cn vamos a partir de que conocemos el valor de Co, de n y de i y sabiendo que It = Co.i y que Cn = Co + It y combinándolas obtenemos:

It = Co.n.i

Cn = Co + Co.n.i =>

Cn = Co + It

 

=>

A la expresión 1 + n.i se les llama factor de capitalización para la capitalización simple porque sirve para trasladar capitales de un momento dado a otro posterior.

Representa el capital final o montante que obtendríamos al invertir una unidad monetaria a un tanto unitario de interés simple anual i durante n periodos anuales.

CALCULO DEL CAPITAL INICIAL O VALOR ACTUAL

Si en una operación financiera conocemos el valor de Cn, de n y de i obtendríamos el valor de Co por medio de la siguiente expresión:

Cn

n Cn = Co. (1 + n.i) =>

i

=> => Cn (1 + n.i)

A la expresión = (1 + n.i) se le denomina factor de actualización para la capitalización simple y sirve para trasladar capitales de un memento dado a otro anterior.

Representa el capital inicial de una inversión realizada a un tanto de interés unitario anual i durante n periodos anuales, cuyo capital final o montante ascendió a una unidad monetaria.

CALCULO DEL TIPO DE INTERÉS (i)

Si conocemos el valor de Co, Cn y n en una operación financiera, podemos obtener el valor de i despejando de la siguiente expresión:

 

Co

Cn i => Cn = Co (1 + n.i) => Cn = Co + Co.n.i =>

I => Cn - Co = Co.n.i => = i =>

=>

 

CALCULO DEL TIEMPO (n)

Si conocemos el valor de Cn, Co y i en una operación financiera, podemos obtener el valor de n despejando de la siguiente expresión:

Co

Cn n => Cn = Co (1 + n.i) => Cn = Co + Co.n.i =>

I => Cn - Co = Co.n.i =>

=>

CALCULO DE LOS INTERESES TOTALES

Si conocemos en una inversión el valor de Co y Cn podremos obtener el interés total por medio de la siguiente expresión.

Co

 

Cn

2. RELACION ENTRE EL TIEMPO Y EL TIPO DE INTERÉS

En las formulas planteadas hasta el momento, el tipo de interés y el tiempo han de estar referidas a periodos homogéneos; así, si se habla de meses, el tiempo vendrá medido en meses y el tipo será mensual. Lo normal es que el tiempo se mida en meses, días, etc. Y que el tipo de interés siempre se de en un tanto anual. En este caso se habrá de transformar el tiempo a la unidad del tanto o buen el tipo a la unidad del tiempo: una vez realizada esta transformación podremos utilizar las formulas planteadas.

TANTO EQUIVALENTE TANTO PROPORCIONAL

Dos tanto son equivalentes cuando aplicados a un mismo capital durante el mismo tiempo producen el mismo montante.


  • RELACION ENTRE EL TIPO DE INTERES ANUAL Y EL DE UN PERIODO FRACCIONADO.


Para establecer esta relación partiremos de:

i: Tanto de interés anual

i: Tanto de interés fraccionado

m: Frecuencia de fraccionamiento

Cn = Cn

Co (1 + n.i) = Co (1+ n . m . i)

Co (1 + n.i) = Co (1+ n . m . i)

 

 

Para darle valor a m habrá que preguntarse ¿ Cuantas unidades de tiempo pequeñas se contienen en la unidad de tiempo mayor?

El tanto fraccionado ( i) es un tanto proporcional al i anual por lo que se puede afirmar que los tantos proporcionales en la capitalización simple son también equivalentes.







































Periodosm (Frecuencia de fraccionamiento del año)
Años1
Semestres2
Cuatrimestres3
Trimestres4
Meses12
Semanas52
Días (años civil)365
Días (año comercial)360

EL AÑO COMERCIAL Y EL AÑO CIVIL

El año comercial es el que tiene exclusivamente una utilidad comercial. Su uso ha facilitado el cálculo en operaciones financieras con consecuencia de tomar meses de 30 días.

Al existir el año civil y el comercial el problema que se plantea es de hacer los cálculos siguiendo uno u otros caminos los intereses varían mostrando una diferencia.

Si llamamos I a los intereses obtenidos aplicando el año civil o natural e I a los intereses obtenidos aplicando el año comercial resulta:

It = Co.n.i => I= Co . i .

I

I > I

I

It = Co.n.i => I= Co . i .

  • Relación por diferencia:


I - I = Co . i . - Co . i . = =

=:

 

 

  • Relación por cociente:


 

3. METODOS ABREVIADOS PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES

Cuando tratamos de obtener el interés total generado por varios capitales distintos con vencimientos distintos e igual tipo de interés es normal utilizar formulas abreviadas para facilitar el calculo.

Dados varios capitales C1, C2, C3……….Ch que vencen en los momentos n1, n2, n3………….nh valorados a un tanto de interés anual i generarán un It igual a:

C1, C2, C3……….Ch

 

n1, n2, n3………....nh

Sacando factor común

 

It = . ( C1.n1 + C2.n2 + C3.n3 + ……… Ch.nh)

Sabiendo que se le denomina divisor fijo (D). D =

It = . ( C1.n1 + C2.n2 + C3.n3 + ……… Ch.nh)

 

A los productos de capital por tiempo “C.n” se les denomina número comerciales.

 

4. INTERESES ANTICIPADOS

En algunas operaciones financieras el prestamista cobra los intereses por adelantado, es decir en el momento en que tiene lugar la operación que a de producirlos. Para ello aplica un tipo de interés ia sobre el capital final Cn (nominal) para obtener el efectivo (Co) de la operación.

El interés por anticipado se calcularía mediante la siguiente expresión.

 

 

  • RELACION ENTRE EL TIPO DE INTERÉS POR ANTICIPADO Y EL TIPO POR VENCIDO


Para plantear dicha operación debemos suponer que el interés total obtenido por vencido sea igual al interés total obtenido por anticipado.

It (por vencido) = It (por anticipado)

Ya sabemos que It = Cn - Co y que por tanto si despejamos Co; Co = Cn - It.

Si sustituimos It en dicha operación, por anticipado tendríamos:

Co = Cn - Co . ia . n

Aplicando la igualdad entre los intereses por vencidos y los intereses por anticipado obtendríamos:

It(v) = It(a) => Co . n . i = C . n . ia

Sustituyendo Co.

(Cn - Cn . ia . n) i . n = Cn . n . ia =>

Cn (1 - ia . n) i = Cn . ia =>

 

(1 - ia . n) . i = ia =>

ia = i - ia . n . i =>

i = ia + ia . n . i =>

i = ia (1+ n . i) =>

OPERACIONES FINANCIERAS

1. FINANCIACION

La gestión de los recursos económicos y su mejor aplicación es el objetivo de una buena gestión financiera.

Se entiende por financiación el conjunto de recursos económicos que utiliza una empresa o familia. En este sentido podemos distinguir dos tipos de financiación:


  • Financiación interna o autofinanciación: viene generada por las propias posibilidades de la unidad económica. Ejemplo: retención de los beneficios, rentas. etc.…

  • Financiación externa: comprende los recursos captados fuera de la unidad económica, tanto por cuenta de capital, que comprendería las aportaciones de los empresarios o socios a la empresa, como mediante las aportaciones de terceros (prestamos), que es preciso devolver con sus correspondientes intereses en el tiempo pactado.


Cuando las unidades económicas cuentan con unas fuentes de financiación internas o ingresos suficientes para cubrir sus gastos, nos encontramos con lo que llamamos equilibrio presupuestario.

Pero en la mayor parte de las ocasiones este equilibrio no se produce, bien porque los ingresos son superiores a los gastos (superávit), generando los que conocemos con el nombre de ahorro, o bien porque los gastos son superiores a los ingresos (déficit), necesitando los agentes económicos la financiación externa.

La buena gestión financiera se necesita cuando las unidades económicas no tienen desequilibrio presupuestario. Para lograr la mayor rentabilidad de sus ahorros o el menor coste de sus prestamos.

2. CONCEPTO DE OPERACIÓN FINANCIERA

Entendemos por operación financiera toda opción encaminada a la sustitución en un momento determinado de uno o varios capitales por otro u otros equivalentes en diferentes momentos, aplicando una determinada ley financiera.

La ley financiera es el conjunto de reglas concretas de cálculo. A una operación financiera se aplica la ley financiera de capitalización simple o la ley financiera de capitalización compuesta.

En el cálculo de una operación financiera influyen siempre una serie de datos previos que son:

  • El tiempo, que vamos a representar con “n”.

  • El tipo de interés, que es el rendimiento de una operación financiera expresado en porcentaje y que representaremos con “i” cuando venga expresado en tanto por 1.

  • El criterio de cálculo del interés, incluyendo la ley financiera aplicada al capital inicial.



  • Por tanto se puede afirmar que el valor de un capital dependerá de:




    • El momento de valoración del mismo

    • El tipo de interés aplicado en la operación

    • La ley financiera que se use




  • El valor que tiene el capital en el momento presente se denomina valor actual, y el que tiene cuando se aplaza su vencimiento se denomina valor final.



  • El capital valorado en el momento actual recibe el nombre de capital inicial, y el capital valorado en su vencimiento final se denomina capital final o montante.


3. ELEMENTO DE UNA OPERACIÓN FINANCIERA

En toda operación financiera debemos tener en cuenta los siguientes elementos:

  • Origen de la operación financiera: es el momento de disponibilidad en el tiempo del primer capital.

  • Fin de la operación financiera: es el momento que coincide con el vencimiento del último capital.

  • Duración de la operación financiera: es el periodo de tiempo comprendido entre el final y el original de la operación financiera.

  • Acreedor de la operación financiera: es la persona que presta el capital (prestamista), es decir el que hace la prestación.

  • Deudor de la operación financiera: es la persona que recibe el capital (prestatario) y realiza la contraprestación para liquidar la operación financiera.

  • Acuerdo de las partes: normalmente toma forma de contrato.

  • Ley financiera: es la formulación matemática que aceptan las partes contratantes y que sirven para calcular la contraprestación.


4. CLASIFICACION DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

Se clasifican atendiendo a diferentes criterios:

  • Dependiendo de la corteza de la cuantía del vencimiento.




    • Operaciones financieras ciertas: son aquellas en las que tanto la cuantía del capital como el vencimiento están determinados desde el principio.

    • Operaciones financieras aleatorias: son aquellas en que tanto la cantidad como el vencimiento son aleatorios y por tanto no están determinados de antemano.




  • Dependiendo de la duración de la operación:




    • Operaciones financieras a corto plazo: son las operaciones financieras inferior o igual a un año. Se le suele aplicar la ley de capitalización simple.

    • Operaciones financieras a largo plazo: son aquellas operaciones financieras que exceden al año. Se suele aplicar a este tipo de operación la ley financiera de capitalización compuesta.




  • Dependiendo de la distribución temporal de los componentes de la operación.




    • Operación simple: son aquellas en las que interviene un solo capital tanto en la prestación como en la contraprestación.

    • Operaciones compuestas: corresponden a las operaciones financieras donde la prestación y/o en la contraprestación intervienen varios capitales con vencimientos distintos.




  • Dependiendo de la aplicación de la ley financiera.



  • De capitalización: se caracteriza porque el momento de equivalencia (P) en el que se van a comparar varios capitales es posterior al vencimiento del ultimo capital.

  • De actualización o descuento: son aquellas en las que el momento de equivalencia es anterior al vencimiento del primer capital.

  • Operaciones financieras mixtas: son aquellas en las que el momento de equivalencia se establecen en un momento intermedio entre los vencimientos de los capitales.


 

 

C1=C2

C1 C2 De capitalización

n1 n2…………………...p (tiempo)

 

 

C1=C2

? C1 C2 De actualización

P n1 n2 (tiempo)

 

C1=C2

C1 ? C2 Mixtas

n1 p n2 (tiempo)

5. REGIMENES DE CAPITALIZACION

Toda operación financiera esta sujeta a una determinada ley financiera que se denomina régimen de capitalización. Existen dos tipos de regimenes de capitalización.

  • régimen de capitalización simple: se caracteriza porque los intereses que se generan en cada periodo de tiempo no se cumulan al capital principal. Por lo tanto los intereses de cada periodo se calculan siempre sobre el capital inicial. Se suele utilizar en operaciones a corto plazo.



  • régimen de capitalización compuesta: Se caracteriza porque los intereses que se generan en cada periodo se acumulan al capital anterior para calcular los intereses correspondientes al periodo siguiente. Se suele utiliza en operaciones financieras a largo plazo.